ICONOS FINALES-TRAZADOS

Extranjería

Doctrina jurisprudencial sobre el cómputo de la estancia en extranjería

Extranjería

Una mujer extranjera entró en territorio Schengen y, después, pidió una estancia por estudios. La Administración no llegó ni a estudiar el fondo de su solicitud porque la inadmitió por extemporánea ya que entendía que ya había agotado la estancia legal de 90 días y que, además, había pasado el “margen” de un mes previo que se menciona en la LO 4/2000, art. 30.1 (LOEX) para este tipo de trámites.

La solicitante recurrió. En primera instancia, el juzgado le dio la razón, siguiendo su planteamiento. Decía que el cómputo de los días debía empezar al día siguiente de la entrada y que, además, los días tenían que contarse como hábiles (no naturales), aplicando de forma supletoria las reglas de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPAC, art. 30). Luego, el asunto llegó al TSJ de la Comunidad Valenciana (13-12-23), que mantuvo la idea principal de la recurrente y del juzgado y rechazó la inadmisión por extemporaneidad y ordenó retrotraer actuaciones para que la Administración valorase los requisitos de la solicitud (aunque aceptó parcialmente algún argumento de la Administración).

Finalmente, ambas partes recurrieron al Tribunal Supremo (TS). El TS fija doctrina y aclara algo clave, esos 90 días no son un “plazo administrativo”, sino un límite material de permanencia física, así que no se aplican las reglas de cómputo de la LPAC. Interpretando directamente el Reglamento (UE) 2016/399 (Reglamento Schengen), el TS dice que el día de entrada cuenta como primer día de estancia y que los 90 días son naturales, no hábiles. Con esta regla, en este caso concreto concluye que la solicitud se presentó fuera de plazo, y confirma la actuación de la Administración.

Consulte a nuestros profesionales en asuntos de extranjería, inmigración, situación irregular, etc., para trámites y actuaciones que puedan derivarse de dichas situaciones o disconformidad con una actuación administrativa o judicial al respecto

Newsletter de actualidad

* Campos obligatorios

De conformidad con lo que establece la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales que nos facilite a través de dicho formulario serán tratados por FICOGA SL, con la finalidad de gestionar su solicitud y enviarle información más detallada. Para más información consultar la política de privacidad.

Protección de datos personales.


Responsable del tratamiento: FICOGA, S.L., B15325202
VIÑAS DE BABILONIA 1A-1ºA , A CORUÑA

La finalidad del tratamiento de sus datos es enviarle comunicaciones informativas y comerciales, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón

 

 

Newsletter

Newsletter de actualidad

Reciba en su email nuestro boletín de noticias

SUSCRIBIRSE